Lo positivo:
Lo negativo:
Violencia contra periodistas
Según el principio 9 de la Declaración de Principios, “[el] asesinato, secuestro, intimidación, amenaza a los comunicadores sociales, así como la destrucción material de los medios de comunicación, viola los derechos fundamentales de las personas y coarta severamente la libertad de expresión. Es deber de los Estados prevenir e investigar estos hechos, sancionar a sus autores y asegurar a las víctimas una reparación adecuada”.
En este marco, la Relatoría ha recibido información sobre los siguientes hechos:
-El periodista Dante Gustavo Fernández, agredido por presuntos colaboradores de la Intendencia municipal en la Leonesa, Chaco, golpeado mientras intentaba dar cobertura a una protesta vecinal en reclamo del cese de las fumigaciones aéreas con agrotóxicos en las plantaciones de arroz.
-un incendio intencional destruyó el vehículo del periodista Carlos Villanueva, causó quemaduras a su hijo y produjo destrozos a su vivienda y a la emisora FM Cerrillos 90,9, que funciona en la misma propiedad, en San José de los Cerrillos, Salta. Los perpetradores también sustrajeron un equipo de transmisión que dejó a la emisora fuera del aire. Villanueva volvió a ser objeto de un atentado, cuando desconocidos dispararon contra la vivienda en tres ocasiones.
-Ataque incendiario a la periodista Adela Gómez, en Caleta Olivia, Santa Cruz. Desconocidos rociaron su automóvil con un líquido inflamable y le prendieron fuego. Antes del atentado había cubierto informaciones acerca de presuntas irregularidades cometidas por autoridades locales.
-En diciembre de 2009 un grupo de personas había agredido de palabra, conminado a retirarse e impedido cumplir con su trabajo al camarógrafo Carlos Romero y al reportero Nicolás Ziggiotto, de TV Cable Andalgalá y del periódico El Ancasti. El 15 de febrero, participantes de una protesta anti-minera golpearon y arrojaron al piso a Ziggiotto y al periodista Lucas Olaz y les sustrajeron la cámara de video. Además, el 7 de abril, manifestantes de nuevo habrían atacado a golpes en Andalgalá, en el norte de la provincia de Catamarca, al camarógrafo Carlos Romero.
-Un miembro del Concejo Deliberante de la ciudad de Rosario de Lerma, Salta, agredió físicamente al reportero del diario El Tribuno, Jaime Barrera, como reacción a un artículo crítico del periodista acerca del trabajo de los concejales.
-El periodista de Canal 8, Daniel Villamea, y el camarógrafo Aníbal Romero fueron agredidos por un agricultor y su hijo en Oberá, Misiones, cuando realizaban una investigación acerca de presuntos maltratos a personas que vivían en su propiedad. Los comunicadores sufrieron golpes y excoriaciones varias.
-9 de enero de 2010: la antena de la emisora Radio Arco Iris, de Loncupué, Neuquén, dañada por desconocidos.
-2 de julio: desconocidos derribaron la antena de la emisora Amplitud 770, provincia de Buenos Aires, al cortar los cables que la sostenían.
-27 de julio: un incendio intencional a las instalaciones de la radio FM Belgrano, en Junín, Buenos Aires.
-18 de noviembre: el robo del equipo de transmisión de la radio comunitaria FM Nueva Generación en San Martín, Buenos Aires, dejó a la emisora fuera del aire. No se llevaron ningún otro equipo electrónico.
-30 de noviembre: desconocidos destruyeron equipos esenciales para la emisión de la señal, en las instalaciones de transmisión de la Radio Nacional San Martín de los Andes, Neuquén, sin robar nada más. El ataque ocurrió pocos días después de que la emisora pusiera en funcionamiento un nuevo transmisor que ampliaba el alcance de la señal.
Enfrentamiento entre el gobierno y los medios
El Estado debe abstenerse en todos los casos, de utilizar cualquiera de sus facultades para premiar a los medios cercanos y castigar a quienes disienten o critican sus acciones.
Declaraciones e incidentes registran un clima de aguda polarización entre algunos funcionarios del gobierno y seguidores de este, y un grupo de medios de comunicación y sus periodistas.
Como lo establece el principio 6 de la Declaración de Principios aprobada por la CIDH, la actividad periodística debe regirse por conductas éticas, las cuales en ningún caso pueden ser impuestas por los Estados.
La existencia de un contexto de confrontación extrema, en el cual se producen descalificaciones y estigmatizaciones constantes, genera un clima que impide una deliberación razonable y plural sobre todos los asuntos públicos. La tensión entre la prensa y los gobiernos es un fenómeno normal que se deriva de la natural función de la prensa y que se produce en muchos Estados. En estos casos, es tarea del Estado, contribuir a generar un clima de mayor tolerancia y respeto por las ideas ajenas, incluso cuando las mismas le resulten ofensivas o perturbadoras.
- En la ciudad de Buenos Aires y otras ciudades, han aparecido en abril carteles anónimos con mensajes que insultan y estigmatizan a periodistas por el hecho de trabajar en el grupo Clarín.
- El 8 de octubre el ministro de Economía, Amado Boudou, dijo que dos periodistas de los periódicos La Nación y Clarín, serían “como los que ayudaban a limpiar las cámaras de gas del nazismo”. Boudou se excusó cuatro días después ante la Delegación de Asociaciones Israelitas Argentinas (DAIA) por haber usado una “metáfora inapropiada” pero manifestó que no se disculparía con los periodistas pues los comunicadores mantendrían “actitudes antiargentinas” por “publicar permanentemente mentiras” en los diarios para los que trabajan.
- El Presidente del Concejo Deliberante de la localidad de El Soberbio, Juan Carlos Pereira, se habría referido en términos particularmente duros hacia la revista Apta Para Todo Público y habría admitido que procura imponer cargas impositivas a esa publicación por razón de su línea editorial.
- Durante 2010, dos medidas adoptadas por el gobierno argentino respecto de empresas de las cuales es accionista el grupo de medios Clarín, merecieron especial atención de la Relatoría:
1- Las denuncias en contra de directivos de los diarios Clarín y La Nación en relación a la compra de la empresa productora de papel para periódicos Papel Prensa.
2- El proceso administrativo iniciado contra la empresa proveedora de servicios de acceso a Internet Fibertel, propiedad del Grupo Clarín.
En cuanto a la primera medida, que se relaciona con la distribución del papel para periódicos, el asunto es de tanta importancia para el sistema interamericano que el propio articulo 13 de la Convención Americana establece que “[n]o se puede restringir el derecho de expresión por vías o medios indirectos, tales como el abuso de controles oficiales o particulares de papel para periódicos, de frecuencias radioeléctricas, o de enseres y aparatos usados en la difusión de información o por cualesquiera otros medios encaminados a impedir la comunicación y la circulación de ideas y opiniones”. En este sentido, resulta importante aplicar a la producción de papel para periódicos las normas antimonopolio existentes de forma tal que se fomente así su libre producción. Este régimen corresponde definirlo al poder legislativo, atendiendo especialmente a la obligación de impedir la existencia de controles oficiales o particulares abusivos. Es importante tener en cuenta que so pretexto de regular los monopolios no puede crearse una forma de intervención que permita que el Estado afecte este sector de ninguna otra manera distinta a evitar la concentración en la propiedad y el control en la producción y distribución de este insumo y facilitar la producción libre y competitiva de papel. Por las razones anotadas la Relatoría Especial se encuentra haciendo estrecho seguimiento al tema.
En relación a la segunda medida, que refiere a la prestación de servicios de Internet para un número significativo de usuarios en la Argentina, la Relatoría Especial toma nota de que una vez proferida la resolución 100/2010 de la Secretaría de Comunicaciones que ordenó la liquidación de Fibertel y el traslado de los usuarios a otras empresas proveedoras de Internet, la Comisión Nacional de Comunicaciones comenzó a emitir un aviso publicitario oficial, que informaba a la población sobre la posición del Estado respecto de este caso e indicaba a los usuarios que tenían “todo el derecho a reclamar por aquello que paga[ron] mientras la empresa funcionaba en forma ilegal”. El 30 de noviembre de 2010, un juez resolvió dictar una medida cautelar, a través de la cual ordenó a diversos canales que se abstengan de transmitir la publicidad oficial mencionada.
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