En el 60º aniversario de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, un humilde aporte para estimular las buenas prácticas de los derechos de todos en nuestras bibliotecas:
Defender el Acceso libre, igualitario, democrático y gratuito de toda la comunidad a la información, a través de todos los recursos existentes, practicando y defendiendo el trato fraternal, sin distinción de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición, o distinción alguna fundada en la condición política, jurídica o internacional del país o territorio de cuya jurisdicción dependa una persona, tanto si se trata de un país independiente, como de un territorio bajo administración fiduciaria, no autónomo o sometido a cualquier otra limitación de soberanía.
Defender el derecho de toda persona, cualquiera sea su condición, de entrar, permanecer y usar los servicios de las bibliotecas, porque el derecho a la información es igual para todos. Todos los usuarios tienen la libertad e igualdad de acceso, permanencia y uso de la biblioteca.
No brindar trato preferencial ni atenciones especiales a determinados usuarios, y tratar a todos con el mismo respeto, sin distinciones. Ninguna persona que ingrese a la biblioteca debe ser maltratada.
Luchar por el acceso igualitario a la información para todos, más allá de la condición de los usuarios ante la justicia, y atender las necesidades de información que requieran para ejercer sus derechos legales.
Proteger, respetar y garantizar el derecho a la intimidad y confidencialidad del usuario, resguardando los datos personales que resulten del registro de su relación con las bibliotecas, e informarlos sobre este derecho y sobre los hechos que violen este derecho.
No censurar, ni permitir la censura de información, en cualquier soporte o formato en las bibliotecas, ya sea en el proceso de selección, el desarrollo de colecciones, el procesamiento técnico, almacenamiento, la difusión, o en su modo de acceso; todo documento ingresado debe tener igualdad de dedicación en su tratamiento, y éste debe ser realizado en forma objetiva y con amplitud de criterio, aunque sea de ideología contraria al bibliotecario.
Si una biblioteca, por diversas razones, no cuenta con la información requerida, informar acerca de la fuente donde el usuario puede conseguir la información que necesita.
Desarrollar y difundir colecciones y servicios respetando la libertad intelectual de lectores y autores, con una amplia variedad de ideologías y posturas. Ofrecer, facilitar y garantizar sin prejuicios, que todo usuario acceda a la información que necesite acerca de creencias, religiones, política, e ideologías. Brindar la información necesaria a los usuarios para llevar adelante sus investigaciones.
Favorecer el diálogo y el libre intercambio de ideas con colegas y compañeros de trabajo, respetando su experiencia, sus opiniones y sus investigaciones, y difundiendo en la comunidad bibliotecaria estas expresiones más allá de nuestra percepción acerca de sus producciones, con el objeto de enriquecer a todos los profesionales por igual, y en beneficio de la profesión.
Los usuarios y bibliotecarios tenemos el derecho y la libertad de pertenecer a asociaciones. Nadie deberá impedir reuniones pacíficas en las bibliotecas.
Acompañar a los usuarios en sus estudios e investigaciones, en su educación formal e informal, formación cultural e intelectual, y en toda actividad personal o comunitaria que requiera de información. Los usuarios tienen derecho a recibir del bibliotecario la formación para el desarrollo de habilidades en la búsqueda, selección, y uso de la información, que les permita ejercer el óptimo uso de las distintas fuentes de información en todos los soportes y tecnologías.
No buscar beneficios personales en detrimento de usuarios, colegas, o la institución en la que se trabaja. Ni favorecer a ciertos usuarios en perjuicio de los demás.
Defender y fomentar el disfrute del arte y el progreso científico, conocer y brindar la información a los autores sobre sus derechos de autor morales y patrimoniales, y respetar y hacer respetar la decisión de los autores sobre sus derechos.
Aportar a que se hagan efectivos los derechos humanos, favoreciendo la difusión y el acceso de estos derechos en nuestra comunidad.
Nuestro deber como bibliotecarios respecto a la comunidad, es brindarle la información objetiva, veraz, oportuna y precisa para satisfacer sus necesidades.También es nuestro deber informar sobre el derecho a la información, porque este derecho humano facilita el acceso a
los demás derechos.
Podemos luchar contra la falta de información, la destrucción de información y el falseamiento de información, generada por aquellos cuyo interés es contrario a que el pueblo o determinado sector esté informado, exigiendo que se cumpla y haciendo conocer el derecho a la información: el derecho a pedir, conocer, y difundir la información científica, cultural, y pública.
La información pública (generada por el Estado y los actos de gobierno), como su nombre lo indica, es de todos, no es del gobierno.
Ni el Estado ni cualquier persona o grupo tiene derecho a privarnos de los derechos humanos, entre ellos, el derecho a la información.
Bueno amiguitos, el tiempo ha llegado
Hace 13 años
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